El 12 de junio de 2023, Chile depositó el instrumento de ratificación del Convenio 190 ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El pasado 12 de junio de 2024, exactamente un año después, entra en vigor en Chile.

¿Qué es el Convenio 190 de la OIT?
El Convenio 190 de la OIT, es el primer tratado internacional que aborda la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Junto con la Recomendación 206, constituyen normas internacionales del trabajo que proveen un marco común para la prevención, reparación y eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluyendo la violencia y el acoso por razones de género.
Tal como expresa la OIT: «Las manifestaciones de violencia y acoso en el mundo del trabajo son diversas y multifacéticas y han cambiado con el tiempo. La variedad de conductas, prácticas o amenazas que pueden estar cubiertas por el término general “violencia y acoso” es muy amplia, y las normas y percepciones de comportamiento inaceptable varían según los contextos y las culturas. Teniendo en cuenta estas realidades, el Convenio núm. 190 establece una noción amplia de violencia y acoso, y un marco basado en derechos para su prevención y eliminación.»
Aspectos destacables del Convenio 190
- El artículo 3 aborda la violencia y el acoso “que ocurren durante el trabajo, están relacionados con él o surgen del mismo.”
- Los artículos 2 y 6, se enfocan en la inclusión.
- Los artículos 4 (punto 2), 9 (letra d)y 11 (letra b) se centran en la accesibilidad de la capacitación y sensibilización sobre la violencia y el acoso.
- Los artículos 4, 7 y 11 del respectivo Convenio, dispone acciones de prevención, protección y aplicación de la ley.
Convenio 190 en Chile
Sobre el Convenio 190 y la Recomendación 206, Jeannette Jara, Ministra del Trabajo y Previsión Social de Chile, manifestó: «Al enviar al Congreso Nacional la propuesta de ratificación de este Convenio, el Presidente Gabriel Boric enfatizó que nuestro gobierno tiene un fuerte compromiso con el trabajo decente en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana. Y que, en esa perspectiva, un objetivo central es reforzar los derechos fundamentales de las y los trabajadores, entre los cuales se encuentra el respeto que toda persona tiene a no ser objeto de discriminación y a la integridad física y psíquica”.
Para SINTIK, el Convenio 190 junto con la Recomendación 206 de la OIT, constituyen un instrumento integral de protección para todos los trabajadores.
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