Pago de colación y movilización durante el feriado legal: ¿Qué establece el Ordinario N°366 de la Dirección del Trabajo?
agosto 27, 2026

Recientemente, la Dirección del Trabajo, a través del Ordinario N°366 del 18 de agosto de 2026, ha reafirmado un principio clave sobre las asignaciones de colación y movilización durante el feriado legal. La regla general indica que, mientras nos encontramos disfrutando de nuestro descanso anual, el empleador no está obligado a pagar dichos conceptos.

Regla general y naturaleza compensatoria de las asignaciones

Para comprender esto, debemos observar el artículo 41, inciso 2° del Código del Trabajo, el cual establece que estas asignaciones no constituyen remuneración. Su propósito es estrictamente compensatorio: buscan cubrir los gastos diarios de traslado e ingesta de alimentos asociados a la prestación de los servicios. Por ende, al estar liberadas las trabajadoras y los trabajadores de sus funciones durante las vacaciones, desaparece la causa directa que motiva este desembolso.

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Las dos excepciones fundamentales que debemos conocer

No obstante, la norma no autoriza una suspensión automática en todos los casos. Existen dos excepciones jurídicas sumamente relevantes que resguardan nuestros derechos:

  1. Pacto expreso: Si en el contrato individual, anexo o en nuestro contrato/convenio colectivo se estipuló de forma clara que estas asignaciones se pagarán de forma continua, incluso durante el feriado legal, el empleador debe cumplir estrictamente lo pactado.
  2. Cláusula tácita: Si en la empresa existe una práctica implícita y reiterada en el tiempo de pagar estas asignaciones en períodos de vacaciones, dicha conducta se entiende incorporada al contrato de trabajo. En este escenario, el beneficio no puede ser eliminado unilateralmente por la parte empleadora.

Por esta razón, antes de efectuar cualquier ajuste, la empresa tiene el deber de revisar detenidamente los contratos individuales, los instrumentos colectivos vigentes y, de forma muy especial, la conducta histórica de pago.

En SINTIK sabemos que la correcta aplicación de la legislación laboral requiere vigilancia constante. Si tienes dudas sobre cómo se aplican estas asignaciones en tu liquidación de sueldo o si percibes cambios en la forma habitual de pago, te invitamos a acercarte a nosotros para revisar tu situación y asegurar que se respeten tus condiciones laborales.

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