El reciente dictamen de la Dirección del Trabajo, Ord. N°881, arroja luz sobre la forma en que las empresas deben implementar y regular los procedimientos de evaluación de desempeño. A continuación, desglosamos los puntos más importantes de este dictamen para aclarar los derechos de las y los trabajadores y las obligaciones de los empleadores.

¿Pueden las empresas evaluar a sus trabajadores?
Sí, las empresas tienen la facultad de calificar y evaluar el desempeño de sus trabajadores para organizar su estructura y cumplir con sus objetivos. Sin embargo, esta facultad no es absoluta: debe ejercerse respetando los derechos fundamentales de los trabajadores, como su privacidad, honra e intimidad, tal como lo establece el artículo 5° del Código del Trabajo.
¿Dónde deben estar reguladas estas evaluaciones?
Los procedimientos de evaluación de desempeño obligatorios deben estar incorporados en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa. Este documento es el único instrumento idóneo para consignar las obligaciones y prohibiciones que rigen la relación laboral dentro de la empresa.
Cualquier cambio o inclusión en este reglamento debe ser informado a los trabajadores con al menos 30 días de anticipación y comunicado de forma visible, además de entregarse a los sindicatos y comités paritarios.
¿Qué sucede si las evaluaciones están en otro idioma?
El reglamento interno, así como cualquier documento que establezca regulaciones obligatorias para los trabajadores, debe estar redactado en idioma castellano o traducido a éste. Esto garantiza que las y los trabajadores puedan entender claramente sus derechos y obligaciones, según los principios establecidos en distintas normativas legales chilenas.
En el caso de que las evaluaciones se basen en procedimientos o guías de terceros extranjeros, estas deben integrarse al reglamento interno de la empresa y cumplir con las normativas chilenas. Una vez incorporadas, dejan de ser externas y se convierten en procedimientos del empleador, sujetos al control de la Dirección del Trabajo.
Derechos de los trabajadores ante irregularidades
Si los trabajadores consideran que un procedimiento de evaluación vulnera sus derechos o no cumple con la normativa, pueden:
- Solicitar a la empresa una copia del reglamento interno actualizado.
- Impugnar las disposiciones del reglamento ante la Dirección del Trabajo o la autoridad de salud correspondiente.
El Ord. N°881, subraya la importancia de la transparencia y la legalidad en los procedimientos de evaluación laboral. Las empresas deben garantizar que estas prácticas estén claramente establecidas en el reglamento interno, redactadas en castellano y alineadas con los derechos fundamentales de las y los trabajadores. Por su parte, las organizaciones sindicales y los trabajadores tienen el derecho de exigir claridad y equidad en estos procesos.
En SINTIK consideramos que una evaluación justa y transparente beneficia a todos los involucrados.




