Una pregunta recurrente ha sido siempre saber en qué casos el empleador puede terminar con nuestro contrato. Lo cierto es que no son pocas las ocasiones en que al terminar una relación laboral, se pasa por alto los derechos legales de las y los trabajadores.
Por esta razón, hoy traemos este artículo que te ayudará a responder tus dudas.

Las causas legales para terminar un contrato son:
- Acuerdo entre las partes de ponerle término.
- Renuncia del trabajador.
- Muerte del trabajador.
- Vencimiento del plazo del contrato.
- Término del trabajo acordado.
- Caso fortuito o fuerza mayor.
- Artículo 160: 1.- Conductas indebidas y graves del trabajador, tales como falta de probidad, acoso sexual, maltrato físico contra el empleador u otro trabajador, Injurias contra el empleador, conducta inmoral que afecte la empresa y acoso laboral. 2.- Realizar actividades prohibidas en el contrato de trabajo 3.- No presentarse el trabajador a sus labores sin causa justificada dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días en el mes; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que está a cargo de una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra. 4.- Abandono del trabajo, entendiéndose por tal: a) la salida injustificada del trabajador del sitio de la faena y durante las horas de trabajo, sin permiso del empleador o de quien lo represente, y b) la negativa a trabajar sin causa justificada en las faenas convenidas en el contrato. 5.- Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos. 6.- El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías. 7.- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
- Artículo 161: – Necesidades de la empresa, establecimiento o servicio. – Desahucio escrito del empleador.
¿Y a qué se refiere esto de «necesidades de la empresa»? Pues a las razones derivadas de la racionalización o modernización, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores.
9. Artículo 163 bis: – Por haber sido sometido el empleador, mediante resolución judicial, a un procedimiento concursal de liquidación de sus bienes.
Te recomendamos consultar este artículo en caso de que estés ante esta situación. No olvides además que en SINTIK estamos para apoyarte siempre que lo necesites.